Constitución de Albania
1998 (rev. 2007)
Artículo 54.1
Niños, jóvenes, mujeres embarazadas y madres jóvenes, tienen derecho a protección por parte del Estado.
Artículo 54.2
Los niños nacidos fuera del matrimonio tienen los mismos derechos que los nacidos dentro del matrimonio.
Artículo 54.3
Todo niño tiene derecho a ser protegido contra la violencia, los malos tratos, la explotación y de realizar cualquier trabajo, especialmente por debajo de la edad mínima para el trabajo infantil, que podría dañar su salud y su moral o poner en peligro su vida o su desarrollo normal.
Artículo 49
El Estado, dentro de sus poderes constitucionales y de los medios a su alcance, y para complementar la iniciativa y la responsabilidad privadas, tiene como objetivo: educación y calificación de niños y jóvenes, así como de personas desempleadas, según sus habilidades.
Fuente: https://www.osce.org/files/f/documents/3/2/41888.pdf