El pasado miércoles 28 de agosto El Mercurio publicó un artículo donde la Defensora de la Niñez, Patricia Muñoz -luego de tres meses en su cargo- definió seis urgencias para proteger los derechos de los niños y niñas en Chile. Entre éstas se encontraba la eliminación del protocolo de contención física en los centros residenciales y de justicia juvenil del Sename, asegurando que «Ese protocolo es el que causó la muerte de Lissette. Lo que hicieron esos funcionarios de ponerse encima de la niña es el protocolo de contención. Acá lo que necesitamos es eliminar ese protocolo, que no se ajusta a estándares de derechos humanos».
Por esta razón como Observatorio para la Confianza publicamos una Carta al Director en el mismo medio, valorando que la Defensoría ponga el tema en la palestra y también haciendo un llamado a los Ministerios de Salud, Justicia y Desarrollo Social, así como al Sename para que establezcan un reglamento sanitario. Esto a partir de una investigación que hemos desarrollado y de la cual presentaremos pronto los resultados y recomendaciones.
Los/as invitamos a leer la carta completa:
Señor Director,
En la edición del 28 de agosto, la Defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, definió seis urgencias para fortalecer los derechos de la infancia, entre las cuales se encuentra la erradicación del protocolo de contención física en los centros de protección de niños, niñas y adolescentes. ¿Qué es esto? Corresponde a la autorización para aplicar la fuerza física con el objeto de contener a niños en cuando sea necesario. En palabras del mismo protocolo es la “sujeción de extremidades, así como la cabeza, con el fin de evitar agresiones físicas hacia sí mismo o hacia los demás” (Sename, 2016, pág. 29). De acuerdo a testimonios que el Observatorio para la Confianza ha recibido, esta práctica se ha naturalizado y es lo primero que se hace en muchos casos, sin distinción de edad ni de trastorno, en vez de ser el último recurso a utilizar.
Hoy la contención física es sencillamente un método de control y castigo. Prueba de ello es que el 23,7% de los niños, según el informe del INDH, declara haber recibido o ser testigo de contención física.
Como Observatorio para la Confianza valoramos que la Defensoría ponga este tema entre sus prioridades. Estamos frente a un documento “oficial” publicado en abril de 2016, mismo mes en que falleció Lissette Villa por una contención física.
Hace 6 meses estamos reflexionando e investigando sobre este protocolo y hemos encontrado tres problemas de origen. En primer lugar, este instructivo se redactó sin mayor participación de profesionales especializados en niñez y trauma. En segundo lugar, es peligrosamente ambiguo al no especificar bien ámbitos de aplicación, requisitos a cumplir y detalle de los procedimientos. Y, por último, no existen las condiciones para aplicarlo porque no se cuenta con los profesionales ni personal especializado para ejecutar la contención como tampoco con los espacios adecuados para realizarla.
El Estado debe hacerse cargo de este problema si quiere disminuir la violencia dentro de los centros del Sename. La contención física es un procedimiento médico y es altamente debatible su uso en centros de protección. Es por eso que hacemos un llamado a los Ministerios de Salud, Justicia y Desarrollo Social así como al Sename, para que establezcan un reglamento sanitario para los centros residenciales que permita la realización de protocolos que respeten y garanticen los derechos de los niños, niñas y adolescentes de acuerdo a la Convención de los Derechos del Niño, ratificada por el Estado de Chile.
Gabriel Guzmán Riquelme
Silvana Zeballos Contreras
José Andrés Murillo
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